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OPINION / El mecanismo de asistencia existe en la Carta Interamericana
Asdrúbal Aguiar // El organismo regional y el monitoreo democrático

Mas, superado el momento de la reflexión sana y ahora prisionera de la ingobernabilidad acusada por algunas naciones, la Carta parecería constituirse en una suerte de lastre sobre las espaldas de nuestros gobiernos.

La Asamblea de la OEA, reunida hasta ayer en Fort Lauderdale, hizo centro de sus debates, una vez más, a la democracia. El motivo era elemental. Así como la soberanía del Estado frenó al orden internacional del siglo XIX y de la primera mitad del siglo XX, una vez reconocido el valor superior de los derechos humanos _entre éstos el derecho a la democracia_, el orden internacional penetró en el corazón de las soberanías.

La línea de pensamiento que dominara la agenda de este último foro de los gobiernos no fue distinta a la que justificó, en su tiempo, la realización de la Cumbre de Québec (2001) y que dio lugar a la institucionalización de la llamada "cláusula democrática". En otras palabras, de modo nada diferente a como lo dispuso en 1826 el muy bolivariano Congreso Anfictiónico de Panamá, "cualquier alteración o ruptura inconstitucional del orden democrático en un Estado del Hemisferio constituye un obstáculo insuperable para la participación del Gobierno de dicho Estado en el proceso de las Cumbres de las Américas".

Pero la democracia, en nuestra circunstancia corriente y en perífrasis de Alain Touraine, es hoy víctima de su propia fuerza; confronta con ella misma y no como antes, cuando se le oponía a las dictaduras y demás formas totalitarias de gobierno.

Desde la experiencia de Fujimori, transitando por la de Chávez, se advierte cada vez más cómo las democracias, legítimas en su origen, pierden su legitimidad por falta de desempeño. Y fue éste, que no otro, en efecto, la justificación de la Carta Democrática Interamericana en vigor.

Mas, superado el momento de la reflexión sana y ahora prisionera de la ingobernabilidad acusada por algunas naciones americanas, la Carta parecería constituirse en una suerte de lastre sobre las espaldas de nuestros gobiernos. El temor a verse escrutados con fundamento en los estándares consagrados por este novísimo y también muy añejado instrumento internacional, da lugar a distintas cuanto absurdas consideraciones que éstos hoy hacen acerca de su valor jurídico o su efectividad; hasta un punto en que le quieren abrir espacios a lo insólito: El señalamiento de que la Carta Democrática Interamericana no sería sino un código moral desprovisto, como tal, de garantías supranacionales que, de suyo, mal podrían ser admitidas sin mengua de la soberanía de los Estados y del principio de la No Intervención. ¡Pamplinas y sólo eso!

Sólo la mala fe, la ignorancia o la doblez pueden explicar, pues, que el centro de la controversia diplomática de Fort Lauderdale hubiese sido la cristalización o no un mecanismo de monitoreo interamericano sobre el desempeño democrático. Sólo la ideologización de la que es víctima, una vez más, la experiencia democrática regional pudo, como ocurriera en esta Asamblea de la OEA, dar lugar a una manipulación tan artera de la verdad.

I

Así como en su momento el coronel y entonces canciller de Venezuela, Luis Alfonso Dávila, dijera haber derrotado el intento de aprobación de una Carta Democrática Interamericana de corte neoliberal: siendo que su mismo gobierno luego levantó la mano para aprobarla, hoy su sucesor, el ex guerrillero Alí Rodríguez, dice sin rubor defender a esta Carta de los intentos de reforma promovidos por el imperialismo; para ajustar, seguidamente y de manera ilógica, que la OEA carece de autoridad para monitorear las democracias.

No se ha ahorrado palabras el Gobierno bolivariano, tampoco, para conspirar contra la Carta Democrática apelando al manido argumento de la deuda social, la urgencia, en otras palabras, de una Carta Social que privilegie la solución de la pobreza y la exclusión antes de hablar de separación de poderes, de elecciones transparentes, de derechos humanos o de alternabilidad en el ejercicio del Gobierno. ¡Pamplinas, una vez más!

Lo que no dicen, o mal quieren recordar estos señores, es que el monitoreo democrático que tachan ya existe y es realidad dentro del Sistema Interamericano. Cosa distinta es que no se haga presente de modo oportuno y eficaz por falta de voluntad política de los gobiernos, las veces que nuestros pueblos han necesitado del monitoreo tan cuestionado.

El abandono del que fuéramos víctimas luego del 15 de agosto del pasado año, una vez realizado el referendo revocatorio presidencial, y la labor de "médicos forenses", que cumplieran los enviados del Consejo Permanente de la OEA para atender la crisis constitucional que echara del poder al presidente Gutiérrez, en Ecuador, no pueden ser más emblemáticos.

Lo cierto es que, empero, la institucionalización del monitoreo democrático internacional se instaló desde 1959, cuando a propósito de la V Reunión de Consulta de Cancilleres, Nicaragua sugiriera la creación de la figura de los observadores electorales. En 1991, en efecto, tal mecanismo se hizo permanente y dio lugar a la Unidad para la Promoción de la Democracia, adscrita a la Secretaría General de la OEA.

A partir de 1969, el monitoreo de la democracia se abrió senda generosa con la aprobación de la Convención Americana de Derechos Humanos, con sus órganos de aplicación: la Comisión y la Corte Interamericanas, y con el amplio desarrollo jurisprudencial habido al respecto. Tanto que, en 1985, la Corte de San José recordó a la OEA, a la Comisión y a los Estados que "las justas exigencias de la democracia" orientarían la interpretación y la aplicación del Pacto de Derechos Humanos.

Fue el Compromiso de Santiago de 1991, en todo caso, el que permitió la actuación o monitoreo del organismo regional ante el derrocamiento del presidente Aristide y, más luego, en 1992, dada la disolución del Congreso y la intervención del Poder Judicial peruanos por Fujimori. Aquél hizo posible, en 1992, que todos los Estados miembros de la Organización aprobasen luego, sin más, el Protocolo de Washington, que reformó la Carta de Bogotá para hacer del ejercicio efectivo de la democracia una obligación internacional; y para calificar de hecho ilícito internacional todo atentado contra la democracia representativa. A partir de entonces, pues, la democracia dejó de ser asunto propio de la jurisdicción de cada Estado y la OEA alcanzó autoridad indiscutible para involucrarse en el monitoreo democrático continental.

II

No hace sentido y peca de burla, así las cosas, la afirmación de que Chávez y sus "aliados" habrían derrotado la propuesta gringa para crear, en Fort Lauderdale, un mecanismo de monitoreo democrático de los estándares previstos en la Carta Democrática. Trátase de una burda manipulación discursiva. Es un abuso grosero de la opinión pública desinformada sobre las exquisiteces diplomáticas y muy propia de la bicefalia marxista: tanto por lo que hace en esta materia en cuanto a lo relativo a la machada propuesta para que la OEA adopte una Carta Social y postergue, sine die, el debate acerca de la Carta Democrática y su aplicación.

No dicen o no saben o no quieren recordar el canciller Rodríguez y su embajador Valero, en cuanto a lo último, que el continente cuenta con un código de obligaciones sociales contenido en el Protocolo de San Salvador anejo a la Convención Americana de Derechos Humanos y relativo al deber de respeto y garantía por los gobiernos de los derechos económicos, sociales y culturales de nuestros pueblos. Dicho Protocolo, por cierto, entró en vigencia en 1999 sin contar con la ratificación del gobierno revolucionario del señor Chávez.

La Carta Democrática, a su vez, contiene en su texto y como parte principal de su normativa la cuestión social; que, desde entonces, le impone a los gobiernos la obligación de "adoptar y ejecutar todas las acciones necesarias para la creación de empleo productivo, la reducción de la pobreza y la erradicación de la pobreza extrema". "La pobreza, el analfabetismo y los bajos niveles de desarrollo humano son factores que inciden negativamente en la consolidación de la democracia", como lo reconoce la misma Carta en su artículo 12.

La Carta, en suma, creó desde el año 2001, y luego de la Asamblea de Lima, los mecanismos de monitoreo o de seguridad colectiva democrática que tanto quebradero de cabezas provocaron, sibilinamente, en la Asamblea de Fort Laurderdale. Son mecanismos de intensidad diversa, cuyo destino unas veces reposa en manos del consentimiento soberano de cada Estado, es verdad, pero que, otras veces y sin necesidad tal consentimiento puede operar con fuerza, de existir voluntad en el secretario general de la OEA y en el colectivo de gobiernos que se forma ora en el Consejo Permanente, ora en la Asamblea General.

III

En orden a lo dicho, los artículos 17 y 18 de la Carta Democrática disponen dos hipótesis de actuación de la OEA que reclaman del consentimiento previo del Gobierno afectado, para que ésta pueda monitorear a nuestras democracias: los casos de "riesgo" del proceso político institucional democrático o de legítimo ejercicio del poder, y las "situaciones" que pudieran afectar tal desarrollo democrático o el señalado ejercicio del poder.

El secretario de la OEA y el Consejo Permanente, por ende, están autorizados, según el artículo 17, para "asistir" y respaldar al Gobierno afectado, en modo de que fortalezca o preserve su institucionalidad democrática. E igualmente, tanto el secretario como el Consejo pueden "disponer visitas y otras gestiones", como "adoptar decisiones dirigidas a la preservación de la institucionalidad democrática y su fortalecimiento", en el supuesto del artículo 18.

No otra cosa hizo la OEA que aplicar estos artículos, cabe recordarlo, para monitorear a Venezuela, previo pedido del chavismo y luego de la ruptura constitucional del 11 de abril célebre. Y fue dicha posibilidad de monitoreo institucional, justamente, la que permitió establecer la Mesa de Negociaciones y Acuerdos y la venida a Venezuela de César Gaviria. ¿O es que acaso Rodríguez y Valero no gustan de recordar que Gaviria monitoreó nuestra democracia o que la OEA realizó la observación internacional _léase el monitoreo_ de nuestro referendo revocatorio?

Así las cosas, lo que no podrá borrarse de la Carta, a pesar de los pesares y del mucho pesar de los emisarios del régimen ante la última Asamblea de la OEA, es cuánto disponen sus artículos 20 y 21: para hacer realidad el monitoreo democrático internacional, sin que medie consentimiento alguno por parte de los gobiernos afectados.

Mucho antes de que se suceda un golpe de Estado y ante falencias de ejercicio advertidas, que signifiquen "una alteración del orden constitucional que afecte gravemente" el orden democrático de cualquier Estado miembro de la OEA, cualquier otro Estado o el mismo secretario general de la OEA, léase José Miguel Insulza, pueden y deben pedir la reunión del Consejo Permanente: para que aprecie y decida, sin más, las medidas que "estime convenientes" y para forzar la "normalización de la institucionalidad democrática" planteada. Así de simple y de claro.

Profesor titular de Derecho Internacional (UCAB)



 
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